Compuesta entre los siglos VI y V antes de nuestra era, Arte de la guerra de Sunzi es la obra más antigua de estrategia militar que ha llegado hasta nuestros días. Pero no es la antigüedad su rasgo más definido, sino el tratamiento de la confrontación como un todo dialéctico en el que cada movimiento de una de las partes suscita una reacción en la otra, en una suerte de conjunto cerrado cuyos elementos han de mantenerse siempre en equilibrio. Desde su entronque con este principio cósmico propio del pensamiento popular chino más antiguo, presente en el Libro de los cambios y en la mayoría de las primeras escuelas filosóficas, el texto desgrana algunas de las cuestiones fundamentales de la guerra, desde la planificación previa hasta el papel de los espías, subrayando los aspectos psicológicos de la contienda, y todo ello con vistas a minimizar los costes materiales y humanos o a evitar el enfrentamiento: de ahí que, por paradójico que parezca, se revele como una obra pacifista, un libro contrario a la guerra. La presente versión se basa en el original.más antiguo hasta ahora conocido: las tablillas de bambú de Yinqueshan, descubiertas en unas tumbas del siglo II a.C. A partir de ellas y de otros muchos documentos; el libro plantea, por primera vez en una lengua" occidental, una posible reconstrucción del que debió de ser el texto primigenio, en un intento de arrojar luz sobre una obra tan difundida como malinterpretada.
Sobre todos sus enemigos, Franco desplegó el terror con carácter masivo y sistemático durante la guerra y la larga posguerra. De manera que el terror fue un carácter fundacional del régimen. El franquismo fue un régimen antiliberal y antiobrero que, más allá de la retórica de las denominadas leyes fundamentales, eliminó los derechos políticos, civiles, sociales, económicos y culturales en una sistemática vulneración de los derechos humanos.
En este libro se analizan cuáles son los estándares internacionales y europeos sobre la situación de las prisiones. A este respecto cabe destacar la labor del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que, desde hace ya décadas, viene actuando como precursor en la protección de los derechos de la población reclusa. El TEDH, a través de su jurisprudencia, ha ido exigiendo el cumplimiento de varios estándares penitenciarios bastante detallados y progresivos con los que ha logrado mejorar las condiciones de las cárceles. Recientemente el TEDH ha conseguido reformar los efectos de estos estándares a través de la emisión de varias sentencias piloto. A través de las sentencia piloto el TEDH selecciona una única demanda que sirve como modelo para la resolución de un elevado número de casos repetitivos que tienen su origen en el mismo problema estructural. El TEDH ha dictado hasta el momento siete sentencias piloto sobre el estado de las cárceles. En todas estas sentencias, el TEDH ha impuesto a los Estados condenados la adopción de varias medidas generales para hacer frente al problema de la sobrepoblación carcelaria y, en general, para mejorar las condiciones de las cárceles. La clave de bóveda de esta investigación es el análisis de las medias adoptadas por los Estados condenados para dar cumplimiento a estas sentencias. Asimismo, en esta obra también se analiza en líneas generales qué impacto han tenido estas reformas en los sistemas penitenciarios de los Estados condenados.
Esta obra destaca la relación entre la teoría política de Carl Schmitt y sus análisis de las relaciones internacionales y presenta su valoración por sus contemporáneos y autores actuales.
Este trabajo pretende mostrar una visión global y de conjunto de la justicia internacional de forma ordenada y metódica, con el objetivo de conseguir una lectura asequible, amena y dinámica, que facilite extraordinariamente el conocimiento de la materia. Por todo ello, la obra se convierte en un recurso único, novedoso, tanto desde el punto de vista académico, como en el ámbito profesional de la práctica forense.
El Manual que el lector tiene en sus manos es un instrumento de trabajo destinado a facilitar la docencia de la asignatura de Historia del Derecho, tal y como está concebida en los actuales planes de estudios, que implicaron una reducción considerable y poco entendible del número de créditos que tradicionalmente habían correspondido a esta disciplina. En este Manual seguimos la línea emprendida hace cuarenta años por nuestros maestros para explicar una Historia del Derecho comprensiva de una realidad institucional compleja, diversa y plural, de lo que en su día ellos denominaron El Derecho histórico de los pueblos de España, con el propósito de definir dicha realidad que aún hoy es difícil de configurar legislativa y políticamente. Hemos actualizado y adaptado los contenidos pensando en el estudiante del presente. La Historia del Derecho que se aborda en este Manual procura hacer un análisis desde la realidad del Derecho que es siempre histórica y no hace Historia únicamente por conocer sino por ser. Desde la racionalidad del Derecho, sin desconocer que es un producto del ser humano y, como tal, en su totalidad parte de su propia evolución, generación tras generación, para dar forma a una realidades históricas que, a veces, han conducido a ciertas dosis de satisfacción colectiva, y muchas otras provocaron frustraciones y conflictos abocados a ser corregidos por normas. El Derecho debe ser entendido no como un fin en sí mismo sino como un medio para gestionar y transformar nuestra propia convivencia en sociedad. En esta tercera edición del Manual hemos actualizado las referencias mediante códigos QR, algunos contenidos y la bibliografía. También se ha dedicado una mayor atención al contexto político del siglo XIX y se ha incorporado el estudio del siglo XX incluyendo el estudio de la Transición como lección final.