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COMO HACER UNA DEMANDA

Uno de los objetivos fundamentales de esta obra, que alcanza su octava edición, es intentar enseñar a redactar escritos relacionados con los procesos judiciales. No se trata de un libro de formularios, aunque contenga un capítulo dedicado a modelos procesales civiles y otro a modelos procesales penales. A lo largo de los diversos capítulos que componen la obra se va desmenuzando cada una de las partes y de los elementos que forman el cuerpo de los escritos tanto de parte como del órgano judicial, explicando el porqué de cada uno de ellos. El resultado pretendido es que el lector, tras su lectura, sea capaz de redactar, no un escrito concreto, sino cualquier escrito procesal. Pensado para alumnos de cualquier tipo de estudios jurídicos, la obra es igualmente útil para letrados noveles o, simplemente, para cualquier persona interesada en preparar un escrito dirigido a un juzgado. El trabajo se completa con los dos formularios indicados, unas referencias a las actuaciones orales y una visión de los procesos civiles y penales más habituales en forma de esquemas.
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TEORIA DEL PAPEL ACTIVO DEL JUEZ LABORAL

Teoría del papel activo del juez laboral es el resultado del estudio de la figura jurídica del juez laboral, su papel activo, el principio dispositivo y la imparcialidad del mismo como garante del proceso, visto desde la óptica del Estado, y de la igualdad ante la justicia. El juez laboral está investido de poderes especiales que le son otorgados con el fin de tutelar derechos sociales y de orden público, en un proceso que se origina con desigualdades desde la contratación y la regulación hasta la decisión final de los tribunales. El autor del libro concibió el mismo desde su realidad y lo ha diseñado para ser consultado indistintamente por estudiantes como por profesionales y expertos en la materia.
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IURA PARIA

Luigi Ferrajoli es sin duda el teórico del derecho que, después de Hans Kelsen y de Norberto Bobbio, mayores energías intelectuales ha dedicado a la reflexión filosófica sobre la democracia. El objeto de esa reflexión, contenida en su intensa producción científica y sistematizada en Principia iuris, es la peculiar forma de democracia establecida en los principales países de la Europa continental de la segunda posguerra. Pero, a diferencia de la obra de Kelsen y de Bobbio, en la de Ferrajoli la teoría de la democracia se encuentra estrechamente conectada con la teoría del derecho, de la que toma el léxico y las categorías. Es una teoría jurídica de la democracia, centrada en destacar el carácter diferencial de los actuales ordenamientos constitucionales: el posicionamiento en el vértice del sistema normativo de constituciones rígidas, garantizadas por medio de órganos jurisdiccionales encargados de sancionar sus violaciones. El problema de la validez de las normas jurídicas adquiere así una relevancia central en la construcción teórica del paradigma normativo de la democracia constitucional. Los textos reunidos en este volumen se organizan en los tres ejes principales de «Constitucionalismo y democracia», «Derechos y bienes fundamentales» y «Libertad e igualdad». Concluyen, así pues, con la valoración de los iura paria (según la expresión ciceroniana), de esos «derechos iguales» que son los derechos fundamentales que todos tienen en común y que determinan la pertenencia a una misma comunidad política.
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INVEST., GESTION Y VALORES DEL AGUA EN E

El presente volumen de la serie Perspectivas del Agua trata diversos aspectos sobre la investigación, la planificación de usos, la gestión y los valores socioculturales de los sistemas acuáticos en la época contemporánea. Las contribuciones incluidas analizan la relación entre el agua y las comunidades humanas en el mundo actual desde perspectivas científicas, políticas, sociales y culturales. El agua es un bien natural indispensable para cualquier actividad humana cuyo valor debe ser investigado, conocido y difundido (Consejo de Europa, 1968) reafirmando su función como recurso para el bienestar en el marco internacional de los derechos humanos (World Health Organization, 2003; Naciones Unidas, 2010). La protección, mejora y gestión racional de los sistemas acuáticos son también objetivos del desarrollo sostenible hacia el futuro, definidos por la Agenda 2030 (Naciones Unidas, 2015) donde la educación es contemplada como un proceso que favorece la creación de soluciones innovadoras para los problemas actuales del agua. Al mismo tiempo, la generación de acciones para la sostenibilidad, especialmente dirigidas hacia la gestión integrada de los recursos hídricos, están promovidas por la declaración del Decenio de Acción por el Agua 2018-2028 (Naciones Unidas, 2016). En Europa, tanto la protección como el uso y la gestión sostenible de las aguas (continentales, de transición, costeras y subterráneas) están regulados por la Directiva 2000/60/CE con el objeto de prevenir su contaminación, proteger y/o mejorar su estado, paliar los efectos de inundaciones y sequías, y contribuir a garantizar un suministro equitativo a largo plazo.
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