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DELITO Y MODERNIDAD. NUEVAS ARGUMENTACIO

"Este libro ha estado en mí durante un buen tiempo. Su inspiración contiene dos aspectos. El primero es el deseo por consolidar los avances teóricos de la criminología realista de izquierda de las dos décadas pasadas que, siempre me ha parecido, gira alrededor de la perspectiva conocida como el cuadrado del delito. El estudio del delito se fundamenta en un marco de interacción que incluye, además de la familiar dupla de delincuente y víctima, al Estado y a las propias instancias de justicia criminal junto con el pueblo y las comunidades dentro de las cuales tiene lugar el delito y su control, como participantes activos en la construcción y regulación de la delincuencia. Este marco de referencia se puede, por supuesto, desplegar de una manera analítica, para permitir que las contribuciones y las interacciones de estos numerosos participantes produzcan cambios en las tasas o los índices delictivos. Sin embargo, la época actual ve el problema de abarcar al delito con base en nuevas dimensiones, además de los aspectos tradicionales de incrementos y caídas de la cantidad de actividad delictiva.
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JUSTICIA EN LA U.R.S.S.

El Derecho ocupa una posición altamente significativa, pues cualquier sistema jurídico expresa de la manera más gráfica y real lo que representa una sociedad. Muestra tanto lo que se predica como lo que se practica. Dice lo que oficial y públicamente se considera justo y lo que se hace oficial y públicamente cuando las cosas van mal. Notemos, de paso, que lo que se considera y hace oficial y públicamente puede estar en contradicción con lo que se considera y hace extraoficial y secretamente, pero sin embargo sorprende lo mucho que podemos aprender, en las leyes, códigos y repertorios de casos soviéticos, así como en los extensos comentarios y críticas de los tratados y revistas jurídicas, acerca del funcionamiento actual del sistema. El derecho soviético no es solamente un producto del socialismo marxista, y el conflicto entre socialismo y libre empresa no es en absoluto la única cuestión planteada en la presente pugna internacional. El derecho soviético es también un producto de la historia rusa, es derecho ruso de la misma manera que nuestro propio derecho no es capitalista o democrático , sino americano. Cada uno de los sistemas contiene una mezcla de características no solo socialistas y capitalistas, sino también de elementos precapitalistas arrancados de muy diferentes etapas de su historia pasada. Los derechos no pueden clasificarse limpiamente en términos de fuerzas socioeconómicas. Los sistemas jurídicos se han construido lentamente, a lo largo de los siglos, y en muchos aspectos resultan notablemente impermeables a los cataclismos sociales. Esto es tan verdadero del derecho soviético, construido sobre los cimientos del pasado ruso, como del derecho americano, con sus raíces en la historia inglesa y de la Europa occidental. Algunas de las diferencias básicas entre ambos tienen su origen en la polaridad existente entre la historia rusa y la historia occidental durante casi un millar de años.
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HISTORIA JURIDICA DEL PATRIMONIO REAL

Se trata de la primera historia completa del Patrimonio de la Corona en sentido jurídico. Abarca desde el Reino visigodo hasta el régimen vigente durante el reinado de Alfonso XII. Por una parte, aporta una visión muy completa de cómo se fueron formando y regulando los bienes del Monarca y como éstos se diferenciaban de los bienes públicos que el propio Monarca utilizaba. En segunda lugar, la obra describe con precisión el régimen jurídico de los bienes de la Corona a partir de la Ley de 1865 que por vez primera los reguló en España, diferenciándolos de otros tipos de patrimonios públicos Probablemente el autor de la obra participó en la preparación de la Ley de 1865 por lo que la exégesis que Cos-Gayón dio de esta norma tiene en cierto modo carácter auténtico. El valor de la obra es doble. Por una parte, histórico, a causa de la documentada evolución que proporciona de los bienes de la Corona y de los Monarcas. Por otra parte, jurídico, dada la cuidadosa construcción dogmática que ayuda a entender la especial naturaleza de esta clase de bienes y. por ello, ayuda a entender la actual naturaleza jurídica del Patrimonio Nacional que tiene como antecedente el Patrimonio de la Corona.
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EL ADN EN LA INVESTIGACION FORENSE

Se trata de una investigación sobre el contexto, aplicación y utilidad del ADN, en la investigación criminal, recogiendo además su evolución, características y la visión comparada y jurisprudencial de su aplicación y éxito.
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EL SUFRAGIO

Adolfo Posada, uno de los publicistas más destacado del siglo XX, redactó El Sufragio. Según las teorías filosóficas y las principales legislaciones en pleno debate sobre la crisis del parlamentarismo que se vivía durante la Restauración. La corrupción electoral, el caciquismo o el abstencionismo eran males endémicos que sólo podían superarse, según Posada, merced a una honda reestructuración del voto individual a cuyo través se ejercía la soberanía popular. En sus sistemáticas reflexiones –acompañadas de una mirada a los sistemas electorales comparados que él consideraba más dignos de imitación– el jurista asturiano profundizó sobre los distintos elementos del sufragio, sus clases, la administración electoral y sus garantías, proponiendo un auténtico sufragio universal, en el que, por supuesto, se incluyera a las mujeres. La obra supuso un esbozo teórico de una realidad que pondría en práctica la Segunda República una treintena de años más tarde, pero planteó también cuestiones que a día de hoy, más de un siglo después, todavía son objeto de debate.
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LA SENTENCIA ERRONEA EN EL PROCESO PENAL

'Presento aquí un ensayo de análisis de la sentencia penal errónea y, con ello, de una patología sistemática de la formación de la sentencia penal, tema que, por extraño que parezca, no ha sido aún objeto de trabajo alguno. Puede decirse, sin embargo, que una criminalística que no contenga un estudio científico de las sentencias erróneas semeja a una enciclopedia de medicina en la que no se traten las patologías general y especial. El descuido de que ha sido objeto hasta ahora este trágico problema se vincula estrechamente con otra falla decisiva de la psicología criminal en Alemania. Aunque ha acumulado datos valiosos para el estudio de la psicología del delincuente y la psicología de las deposiciones, ha eludido por completo, por no decir esquivado con temor, su problema central: la psicología del juez'. Max Hirschberg
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