Es para mí un gran honor prologar este Tratado de Derecho constitucional multidisciplinar, editada bajo la dirección general del profesor Jorge Isaac Torres Manrique y con la dirección científica del decano del Ilustre Colegio de Abogados de Moquegua, Francisco Flores Mita, porque la obra aborda, desde dos continentes y con una perspectiva multidisciplinar, un ámbito necesitado de constante estudio y lo hace a través de interesantísimas contribuciones de autores procedentes de múltiples países que nos ofrecen un enriquecedor análisis comparado e interdisciplinar de importantes aspectos relativos al Derecho constitucional. Prof. Dr. Dr. h. c. Miguel Abel Souto (España) El sistema jurídico actual (esto es, el Estado Constitucional de Derecho, vigente en, prácticamente en todo el mundo), no puede ser ajeno al presente escenario. Ergo, precisa ser asumido desde ineludibles perspectivas. Entonces, no puede ser entendido de manera exclusiva ni excluyente, únicamente desde las canteras del Derecho.
La tutela judicial efectiva, se refiere al derecho que tienen las personas a acceder a los tribunales de justicia de manera rápida e imparcial, con el propósito de obtener una respuesta justa y equitativa a sus controversias legales. Este principio asegura que todos los ciudadanos tengan la oportunidad de presentar sus casos ante un órgano judicial competente, recibiendo un trato equitativo y sin discriminación.
Por su parte, el debido proceso está concebido como el cumplimiento de todas las garantías y normas de orden publico que deben aplicarse a todos los casos y procedimientos.
La historia constitucional española no se reduce a aquellos textos normativos que tuvieron la fortuna de convertirse en la regla de gobierno aplicable. También forman parte de ella los diversos proyectos constitucionales –tanto privados como institucionales– que fueron diseñados con ese mismo objetivo pero que, debido a las más variadas coyunturas, no lo lograron. El presente estudio analiza el origen, contexto, contenido y avatares de casi setenta proyectos constitucionales diseñados en España, muchos de ellos inéditos, explicando por qué no llegaron a triunfar, y qué habría supuesto para la política de ese momento si lo hubieran conseguido.
A su través se ofrece una imagen insospechada de nuestra historia constitucional, mucho más temprana, rica y sorprendente de lo que habitualmente se había planteado. Una historia en la que se delinearon alternativas que luego tardarían más de un siglo en realizarse, y en la que se descubren influencias foráneas antaño desconocidas. Estos proyectos delatan que la historia constitucional española no se limitó –como a menudo se ha concebido– a bascular entre el constitucionalismo progresista y el moderado, sino que fue un crisol de ideas de las que sólo una parte muy reducida llegó a convertirse en auténticas Constituciones.
Sobre todos sus enemigos, Franco desplegó el terror con carácter masivo y sistemático durante la guerra y la larga posguerra. De manera que el terror fue un carácter fundacional del régimen. El franquismo fue un régimen antiliberal y antiobrero que, más allá de la retórica de las denominadas leyes fundamentales, eliminó los derechos políticos, civiles, sociales, económicos y culturales en una sistemática vulneración de los derechos humanos.
Este libro, publicado por primera vez en 1969, constituye un exhaustivo trabajo de síntesis y un interesante análisis del modelo federal estadounidense en un momento de reflexión doctrinal trascendental, como lo fueron las décadas centrales del siglo XX. El autor, aunando las perspectivas y las metodologías jurídica y política, encontró a lo largo de su investigación una clara supervivencia de ciertas dinámicas pactictas en una época en la que las tesis contractualistas parecían haberse superado. El reconocimiento del origen contractualista de la federación americana, a través del análisis de la Historia constitucional, y el saber detectar los vestigios del mismo permiten comprender mejor el funcionamiento de los modelos descentralizados.
Ricardo Calderón Serrano fue un jurista andaluz que, tras ingresar en el Cuerpo Jurídico Militar y prestar servicio en diversos destinos, accedió al Tribunal Supremo primero como Secretario de Sala y, posteriormente, como Magistrado, puesto que desempeñó hasta que, en 1939, hubo de exiliarse a Francia, desde donde viajó en 1940 a México, país en el que, nacionalizado, se incorporó a su Ejército, alcanzando el generalato, desarrolló una intensa actividad docente, obteniendo una Cátedra de Derecho Militar en la Universidad Nacional Autónoma de México y, en poco más de una década, elaboró el primer tratado de dicha especialidad en lengua española.En el presente estudio se analiza la vida y la obra de este prestigioso jurista que, considerado en México como uno de los maestros del exilio republicano español, no ha recibido hasta ahora en nuestro país un justo reconocimiento.