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EL ACUERDO NOVATORIO SOBRE LA CLAUSULA S

Durante los últimos años, algunas entidades de crédito que habían concertado préstamos hipotecarios con cláusula suelo han celebrado con los prestatarios un acuerdo en el que, por una parte, se elimina la cláusula suelo o se reduce su cuantía, y por otra, el consumidor renuncia a reclamar al prestamista por los intereses remuneratorios cobrados hasta la fecha debido a la aplicación de la cláusula suelo del préstamo inicial. La STS 205/2018, de 11 de abril, de Pleno, establece que ese acuerdo privado es válido. Señala que el acuerdo es una transacción (y no una novación). Hay sólidos argumentos para entender que la doctrina sentada en esta sentencia del Tribunal Supremo es contraria a la Directiva 93/13/CE y a la jurisprudencia del TJUE. En el libro se exponen las razones que permiten llegar a esa conclusión.
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EL AMANECER DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE

En 1550 comenzó un espectáculo insólito para el mundo: por primera vez en la historia, un emperador paraliza la expansión de su imperio para suscitar un debate: ¿es conforme a la justicia la civilización y conversión de los indios del Nuevo Mundo? A la pregunta de Carlos V intentarán responder dos hombres excepcionales que, ante su consejo compuesto por quince expertos que se reúnen en el Colegio San Gregorio de Valladolid, expondrán sus respectivas tesis: Juan Ginés de Sepúlveda y Bartolomé de Las Casas. Esta Controversia constituye el primer gran debate sobre los derechos humanos: sólo desde estos se puede transmitir a otra cultura los propios valores «con justicia y en conciencia»; y sienta las bases de la práctica del derecho internacional.
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EL ASALTO A LAS FRONTERAS DEL DERECHO

La modernidad capitalista invirtió la relación entre campo y ciudad. Las ciudades pasaron a convertirse, desde entonces, en el centro neurálgico de conflictos sociales, políticos y económicos, y de aparición de movimientos sociales, luchas y utopías en el interior de los Estados. De hecho, todavía hoy, continúan siéndolo. Sin embargo, el tránsito, durante el último tercio del siglo XX e inicios del XXI, de la fase de capitalismo industrial a la de capitalismo transnacional financiero ha implicado un cambio en la manera de organizar jurídicamente nuestras sociedades.   La sustitución del constitucionalismo por un nuevo modo histórico de juridificación al que el autor llama fronterismo ha hecho cambiar el tipo de articulación de la ciudad con el espacio estatal nacional, así como la forma de ejercicio de la dominación y procesos de construcción de la clase social que operan en su interior. Ello obliga a los movimientos sociales a redefinir y pensar nuevos métodos de lucha y transformación social en el seno de la denominada ciudad global. Para ello, el autor plantea una reactualización de los conceptos de Revolución y Poder constituyente que, hoy, solo serían ejecutables a través de lo que llama una estrategia de asalto a las fronteras del Derecho.
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EL DERECHO NATURAL

El hombre formado empíricamente nos dirá que en realidad son muy pocas las situaciones en que todas las culturas se pueden reglamentar racionalmente de una sola y única manera. Se plantea la cuestión de cómo se puede llegar de un modo epistemológicamente correcto a este conocimiento de la esencia. A este objeto haría falta un punto de apoyo del pensamiento condicionado cultural e históricamente, cosa que evidentemente no existe. Añádase a esto que de una definición tan general de la esencia sólo se podrían deducir principios sumamente generales de la acción.
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EL DOMICILIO

Una propuesta de ley que todo abogado debe conocer. Este libro es un atrevimiento. Ya que pretende cuestionar y derribar conceptos de practicas centenarias en la consideración de El Domicilio. En el ejercicio profesional nos quedamos en definiciones, alejados de la realidad del individuo, que debe ser el eje central del bien jurídico, una cosa es el texto otra la aplicación del mismo.
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