La primera edición de Teoría pura del derecho (1934) constituye una exposición sintética y rigurosa de la concepción teórico-jurídica de Hans Kelsen. En ella se presenta una teoría general del derecho «depurada» de toda «contaminación» extrajurídica proveniente de las ciencias empíricas y de las ideologías. El método que la «teoría pura del derecho» proclama como idóneo es el método positivista, normativista y formalista, y su objeto viene delimitado por el sistema de normas jurídicas que componen el orden u ordenamiento jurídico, prescindiendo, pues, de todo elemento que no sea normativo.
Dos diferencias sobresalen si se compara esta obra con la anterior versión sistemática elaborada por Kelsen —su Teoría general del Estado—: primera, el ir dirigida de manera directa a los problemas característicos de la teoría general del derecho; segunda, el ser mucho más breve y, por tanto, asequible al gran público lector de obras de derecho y de otras ciencias sociales.
La presente edición española, a cargo del catedrático de Filosofía del derecho Gregorio Robles, ofrece la traducción fiel de la Reine Rechtslehre de 1934, aportando además una introducción tanto a la obra en concreto como a la biografía y al pensamiento de Hans Kelsen.
Ricardo Calderón Serrano fue un jurista andaluz que, tras ingresar en el Cuerpo Jurídico Militar y prestar servicio en diversos destinos, accedió al Tribunal Supremo primero como Secretario de Sala y, posteriormente, como Magistrado, puesto que desempeñó hasta que, en 1939, hubo de exiliarse a Francia, desde donde viajó en 1940 a México, país en el que, nacionalizado, se incorporó a su Ejército, alcanzando el generalato, desarrolló una intensa actividad docente, obteniendo una Cátedra de Derecho Militar en la Universidad Nacional Autónoma de México y, en poco más de una década, elaboró el primer tratado de dicha especialidad en lengua española.En el presente estudio se analiza la vida y la obra de este prestigioso jurista que, considerado en México como uno de los maestros del exilio republicano español, no ha recibido hasta ahora en nuestro país un justo reconocimiento.
He aquí que hemos dejado a su disposición y a la vez a su consideración una visión incuestionablemente acertada respecto a las medidas de fondo que hemos de implementar para poder al fin enfrentar con éxito los principales males sociales que nos afectan.
Los más recientes acontecimientos internacionales el desarrollo de la guerra de Irak, las crecientes turbulencias de la guerra de Afganistán, la eclosión de la guerra del Líbano y el drama permanente de Kosovo no hacen sino confirmar las tesis principales sostenidas en este libro. Se ha confirmado, en primer lugar, la tesis de que sólo las guerras perdidas son consideradas crímenes internacionales, mientras que las guerras ganadas, aunque se trate de guerras de agresión que comportan una clara violación del derecho internacional, no están sometidas a reglas y los vencedores no sufren ninguna sanción política o jurídica. En segundo lugar, parece también confirmada la idea, que da título al libro, según la cual la justicia internacional incluida la justicia penal internacional sigue la voluntad y sirve a los intereses de las grandes potencias, que son tales sobre todo gracias a su enorme superioridad militar. A ello se une la impotencia normativa y reguladora de las Naciones Unidas, relegadas a desempeñar una función legitimadora, acomodaticia y apologética del statu quo impuesto por las grandes potencias. Existe, por tanto, una «justicia de los vencedores», que se aplica a los derrotados y oprimidos, con la connivencia de las instituciones internacionales, el silencio de gran parte de los juristas académicos y la complicidad de los medios de comunicación.
Este ensayo parte del modelo normativo de democracia constitucional. En dicho modelo la democracia política tiene estrecha vinculación conceptual con los derechos fundamentales, que, más que límites, son su auténtica sustancia, pues tutelan las libertades y las necesidades vitales de todos. Este paradigma que, aun sin haber logrado un desarrollo del todo satisfactorio, ha hecho posible una notable calidad de convivencia civil, sufre hoy una grave crisis por la confluencia de distintos factores de carácter político-institucional y socio-cultural, con la mayor visibilidad en Italia, pero con claros síntomas en todos los países de nuestro ámbito. El autor hace un penetrante análisis de esta crisis y propone las vías de su superación.