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EL DERECHO DE GRACIA ANTE LA JUSTICIA

“El juez que examina la causa de un acusado juzga al hombre en general, y a un hombre en particular. Es un error suponer que todo es individual en el caso presente, y que, porque hay allí solamente una persona, no se trata más que de un individuo. El proceder de aquel individuo no puede ser apreciado sino en virtud de las leyes de la humanidad; por ellas se sabe que hay mal y bien, que conoció el mal que hizo y que pudo elegir el bien. Resulta que el fundamento del juicio está en el conocimiento de las leyes morales del hombre; que se trata de aplicarlas a un hombre; y aunque en la aplicación deben tenerse presentes las circunstancias particulares del individuo, no se ha de prescindir, ni es posible, de que pertenece a la humanidad y de que está sujeto a sus leyes morales como a las físicas. Conocimiento del bien y del mal, poder de hacer lo uno u otro, tal es el fundamento de la responsabilidad moral, y de la legal, cuando se exige. Por las circunstancias del hecho, y por otras anteriores y posteriores a él, partiendo de las leyes generales de la humanidad, el juez ha de apreciar si el individuo acusado supo el mal que hizo y quiso hacerlo. Todas las diferencias individuales, todas las circunstancias atenuantes o agravantes dependen del conocimiento mayor o menor que tuvo del mal que hacía, y de su libertad más o menos completa. La falta ele conocimiento o de libertad pueden ser tales, que el agente del daño, inconsciente o perturbado, se considere para la responsabilidad como cosa más bien que como persona. Entre la carencia absoluta de conocimiento y de libertad, y el conocimiento perfecto y libertad completa, hay muchos grados que al juez toca apreciar, y esta apreciación es una de las dificultades del fallo justo”.
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EL ENCAJE CONSTITUCIONAL DE LA PRISION

A finales del siglo XVIII, con el estallido de las revoluciones liberales, las declaraciones de derechos se convirtieron en protagonistas irremediables del ámbito político, social, filosófico y jurídico. Algunos de estos grandes textos, como la Declaración de Derechos del buen Pueblo de Virginia, la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano o las Diez Primeras Enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos de América, consolidaron una idea esencial que se ha transmitido a lo largo de las siguientes generaciones: los derechos y libertades son inherentes a las personas por el mero hecho de serlo. Lo que viene a significar que nuestras acciones no determinan si somos merecedores o no de los derechos que, entre otras cosas, ayudan a conformar nuestra dignidad. En el año 2015 se introdujo en España la pena de prisión permanente revisable, ocasionando una fuerte polémica en la doctrina constitucional y penal, que no ha dejado de analizar las fricciones del encaje constitucional de esta pena con los derechos, libertades y principios fundamentales, la dignidad humana y el propio concepto de Estado social y democrático de Derecho. Todo ello ha deparado una larga discusión jurídica, que comenzó con la presentación de diversos anteproyectos de ley orgánica que incluían esta pena de privación de libertad y que ha continuado hasta la Sentencia del Tribunal Constitucional 169/2021, que ha establecido la constitucionalidad de la prisión permanente revisable. Esta monografía examina y escruta los elementos que acompañan a esta pena, poniendo el foco en la importancia de la investigación interdisciplinar desde las metodologías y elementos propios del Derecho Penal y del Derecho Constitucional, basándose en el respeto a los derechos y libertades.
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EL LIBRO DE LA LEY

¿Por qué necesitamos leyes? ¿Qué derechos están protegidos por la ley? ¿Cuándo se usaron las pruebas forenses por primera vez en un tribunal? Este libro responde a estas y a otras muchas cuestiones, explorando y explicando las leyes y la jurisprudencia, así como los códigos religiosos, morales y políticos que han configurado el mundo en que vivimos.
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EL OFICIO DE DECIDIR

Todo sobre el oficio de declarar culpables o inocentes. ¿Cómo percibir si un acusado es culpable? ¿Cómo impedir que se condene a un inocente? Después de más de veinte años como magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Miguel Pasquau conoce a la perfección los vericuetos del oficio de decidir. En este libro, el veterano juez español desacraliza y aleja del misticismo un oficio profundamente humano, en el que el más mínimo error puede arruinar vidas y de cuyos aciertos depende que se haga o no justicia, se repare una herida o, por el contrario, empeoren las que ya existen. Gracias a sus experiencias y a su conocimiento de las entrañas de la profesión, Pasquau se nos presenta como un guía aventajado de todo lo que ocurre en una sala de vistas, nos explica cómo funcionan las deliberaciones con los compañeros y cómo son las relaciones con los abo gados, esboza los tipos de malas prácticas e influencias que existen y reflexiona sobre el futuro del sistema judicial.
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