«El espacio ha sido un gran misterio ―quizá el mayor de todos― profundamente adormecido desde hace mucho tiempo, sobre todo desde la ya lejana época de Kant, que parecía haberlo puesto en el lugar que le correspondía. Nos creíamos que ya estaba todo dicho sobre él, cuando en realidad ese todo no era casi nada. Entonces Albert Einstein, un físico de gran talento, lo rozó con su varita y, en ese momento, despertó para cobrar vida, multiplicarse, poblarse de hechos y acontecimientos inesperados, ensancharse hasta perderse de vista, imaginación y razón, y adquirir una cuarta dimensión. Desde entonces, el espacio y el tiempo, su hermano incognoscible, celebran unas maravillosas nupcias bajo nuevos aspectos a las que están invitados todos los hombres de buena voluntad.» Desde la publicación de La Teoría General de la Relatividad de Albert Einstein en 1915, la reflexión sobre el espacio se convirtió en un tema de interés popular. Ha habido muchos intentos de interpretar el significado de la teoría en su relación con la vida cotidiana, algunos muy imaginativos. Es por esta razón que La vida del espacio adquiere un significado especial.
Apenas conocida entre nosotros, pero muy célebre y controvertida en la Francia de la segunda mitad del siglo XIX, donde su desprejuiciada condena de la religión causó un tremendo impacto, Louise Ackermann ha dejado un rastro ambiguo en el que conviven la admiración y el escándalo. Rebelde, transgresora, descreída e incómoda, la pensadora y poeta parisina fue motejada de «Satán femenino» por su desusada profesión de impiedad, pero incluso sus detractores, como el muy católico Barbey d’Aurevilly, reconocieron su audacia y sobre todo su valía literaria. La obra de Ackermann llevó a cotas máximas de osadía la tradición del libre pensamiento, amparada en múltiples lecturas —Lucrecio y su maestro Epicuro, Spinoza, Shelley o Proudhon estuvieron entre sus autores de cabecera— y el propósito de ensalzar un «humanismo comprometido» frente a las fabulaciones de los credos consoladores. Acogida a una soledad radical, grata a su «indomable individualidad», Ackermann fue mucho más allá de lo que se esperaba de la literatura escrita por mujeres para defender la ciencia y el progreso desde una moral austera pero combativa, opuesta a los misterios del dogma. Al cuidado de Francisco Socas, que acompaña el texto de una extensa y ponderada introducción crítica, esta primera edición española de su obra reúne la breve autobiografía Mi vida, los Poemas filosóficos, los Pensamientos de una mujer solitaria y otros extraídos de su Diario. Todos ellos dan cuenta de la singularidad y la fuerza de una escritora excepcional, aplicada a la impugnación de lo que su traductor ha llamado las «industrias del miedo».
A finales del siglo XVIII, con el estallido de las revoluciones liberales, las declaraciones de derechos se convirtieron en protagonistas irremediables del ámbito político, social, filosófico y jurídico. Algunos de estos grandes textos, como la Declaración de Derechos del buen Pueblo de Virginia, la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano o las Diez Primeras Enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos de América, consolidaron una idea esencial que se ha transmitido a lo largo de las siguientes generaciones: los derechos y libertades son inherentes a las personas por el mero hecho de serlo. Lo que viene a significar que nuestras acciones no determinan si somos merecedores o no de los derechos que, entre otras cosas, ayudan a conformar nuestra dignidad. En el año 2015 se introdujo en España la pena de prisión permanente revisable, ocasionando una fuerte polémica en la doctrina constitucional y penal, que no ha dejado de analizar las fricciones del encaje constitucional de esta pena con los derechos, libertades y principios fundamentales, la dignidad humana y el propio concepto de Estado social y democrático de Derecho. Todo ello ha deparado una larga discusión jurídica, que comenzó con la presentación de diversos anteproyectos de ley orgánica que incluían esta pena de privación de libertad y que ha continuado hasta la Sentencia del Tribunal Constitucional 169/2021, que ha establecido la constitucionalidad de la prisión permanente revisable. Esta monografía examina y escruta los elementos que acompañan a esta pena, poniendo el foco en la importancia de la investigación interdisciplinar desde las metodologías y elementos propios del Derecho Penal y del Derecho Constitucional, basándose en el respeto a los derechos y libertades.
¿Qué significa que los ordenamientos jurídicos sean subsistemas dentro de los sistemas democráticos y qué función tiene el derecho en una democracia? ¿Por qué es imprescindible que las normas se orienten teleológicamente y quién las orienta? ¿Qué significa discriminar? ¿Serías capaz de identificar los intereses que guían determinadas políticas? ¿Tiene sentido comparar sistemas jurídicos? Este manual ofrece una perspectiva nueva y sugerente a través de textos muy concisos, lógicamente conectados, y que se completan con ejercicios prácticos. Embarca en un viaje reflexivo, desafiando suposiciones: prepárate para el estudio del derecho comparado con esta obra breve pero esencial.
De entre los diferentes fantasmas que acechan el Estado de Derecho y las democracias, la fragmentación política se erige como uno de los más significativos en nuestro actual panorama. Es muy normal escuchar con asiduidad en los medios de comunicación sobre la deriva fragmentada que ha tomado la esfera política de nuestro país y de otros países vecinos. Políticos, juristas, académicos, expertos debaten sobre cuáles han sido los condicionantes que nos han llevado hasta aquí y cuáles son las consecuencias de esta situación. Todo ello se encuadra dentro de la trayectoria que desarrollan los partidos políticos como eje central de nuestra organización constitucional. Ya desde finales del siglo XIX, el protagonismo de los partidos fue palpable y éste no ha dejado de aumentar a lo largo de las décadas y de los siglos. Ni siquiera la irrupción del 15-M y la aparición de las «nuevas» formaciones políticas acabó con el sistema de partidos heredado del Estado social de Derecho. La influencia de éstos irradia no sólo el itinerario de las instituciones del Estado sino también el día a día de la ciudadanía. Por eso, es indispensable conocer cómo funcionan y cómo actúan estas asociaciones para poder entender la fragmentación política. De ahí que esta obra se dedique, en primer lugar, a profundizar en cómo todas estas cuestiones afectan al poder judicial, a la Unión Europea o a las minorías parlamentarias, en definitiva, al propio concepto de Estado de Derecho y al concepto de democracia. Todo ello para adentrarse después en el análisis de la ley de partidos políticos que se aprobó en España en el año 2002, hace más de veinte años, y que introdujo importantes novedades en nuestro país.
Desde su publicación en 1945, American-Spanish Syntax ha suscitado un profundo interés no solo en el ámbito de los estudios sobre la variación del español en América, sino también entre la crítica de la notable producción literaria hispanoamericana. El propósito de Charles E. Kany al concebir esta obra fue, como él mismo declaró, reunir las tendencias más destacadas de la sintaxis en esta variedad, con especial referencia a los usos populares, que explica y describe en cuanto a su delimitación social y geográfica. Para su elaboración, extrajo ejemplos de autores relevantes del siglo XX, de materiales, literatura regional y obras lexicográficas, cuyos datos contrastó personalmente, tanto en sus viajes a distintos países americanos como mediante el cotejo con informantes orales. Es la primera obra de este tipo, e iluminó el trabajo de investigadores, estudiantes y profesores de español, en una época en la que los estudios sobre el español americano estaban aún en ciernes. La excelente acogida de este trabajo llevó a su autor a realizar una segunda edición corregida y aumentada, para la que contó con nuevos corresponsales de la talla del chileno Luis Cifuentes García, el paraguayo Marcos A. Morínigo, el boliviano Antonio Díaz Villamil o el insigne Ángel Rosenbalt (Argentina y Venezuela).