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DICTAMENES

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DIPLOMACIA CONTEMPORANEA. 12 ED. (TD)

Diplomacia Contemporánea: Teoría y Práctica para el Ejercicio Profesional es una obra muy bien estructurada, con un esquema ágil que el autor, Embajador Manuel Morales Lama, ha adoptado para facilitar el entendimiento de cada uno de los asuntos a que se ha referido en este libro. Es un estudio académico con la debida precisión de los conceptos y muy bien documentada, donde se pueden encontrar muchas respuestas a las inquietudes o simples consultas, que surgen sobre el tema, tanto en el medio académico, como en el ejercicio de la diplomacia. Indudablemente que la calidad del trabajo garantiza su particular importancia y utilidad. Una excelente obra referida a la Diplomacia Actual.
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EL ADN EN LA INVESTIGACION FORENSE

Se trata de una investigación sobre el contexto, aplicación y utilidad del ADN, en la investigación criminal, recogiendo además su evolución, características y la visión comparada y jurisprudencial de su aplicación y éxito.
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EL DERECHO COMO ARGUMENTACION

La dimensión argumentativa del Derecho - El Derecho como argumentación - es una clave esencial para entender a fondo muchos problemas de la teoría del Derecho y para actuar con sentido en el contexto de las diversas prácticas jurídicas de los Estados constitucionales. Dar cuenta de esa dimensión exige, por lo demás, una teoría compleja en la que se integren los componentes formales, materiales y pragmáticos (retóricos y dialecticos) de la argumentación.
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EL DERECHO DE GRACIA ANTE LA JUSTICIA

“El juez que examina la causa de un acusado juzga al hombre en general, y a un hombre en particular. Es un error suponer que todo es individual en el caso presente, y que, porque hay allí solamente una persona, no se trata más que de un individuo. El proceder de aquel individuo no puede ser apreciado sino en virtud de las leyes de la humanidad; por ellas se sabe que hay mal y bien, que conoció el mal que hizo y que pudo elegir el bien. Resulta que el fundamento del juicio está en el conocimiento de las leyes morales del hombre; que se trata de aplicarlas a un hombre; y aunque en la aplicación deben tenerse presentes las circunstancias particulares del individuo, no se ha de prescindir, ni es posible, de que pertenece a la humanidad y de que está sujeto a sus leyes morales como a las físicas. Conocimiento del bien y del mal, poder de hacer lo uno u otro, tal es el fundamento de la responsabilidad moral, y de la legal, cuando se exige. Por las circunstancias del hecho, y por otras anteriores y posteriores a él, partiendo de las leyes generales de la humanidad, el juez ha de apreciar si el individuo acusado supo el mal que hizo y quiso hacerlo. Todas las diferencias individuales, todas las circunstancias atenuantes o agravantes dependen del conocimiento mayor o menor que tuvo del mal que hacía, y de su libertad más o menos completa. La falta ele conocimiento o de libertad pueden ser tales, que el agente del daño, inconsciente o perturbado, se considere para la responsabilidad como cosa más bien que como persona. Entre la carencia absoluta de conocimiento y de libertad, y el conocimiento perfecto y libertad completa, hay muchos grados que al juez toca apreciar, y esta apreciación es una de las dificultades del fallo justo”.
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EL DESGOBIERNO JUDICIAL

Un libro polémico que ha de irritar a muchos porque la sinceridad no gusta a quienes están acostumbrados al discurso «políticamente correcto», es decir, a la realidad maquillada, a la verdad silenciada y al elogio ritual. Un libro dirigido a los que padecen por la Injusticia disfrazada de Justicia y a quienes buscan lo que hay detrás de las leyes hipócritas, de las palabras altisonantes y de las ideologías hueras. Alejandro Nieto, después de haber analizado implacablemente en otro ensayo lo que es la realidad de la Justicia y la Ley, se concentra ahora en el Poder Judicial demostrando que no es un Poder constitucional, desde el momento en que está subordinado al Poder político, que sus miembros, diga lo que diga la Constitución, no son independientes ni responsables y, por otro lado, que la organización judicial en su conjunto no es sino un mero servicio público, el de la Administración de Justicia, que más que administración es desgobierno. La prensa informa diariamente de los desastres de esta Administración –de sus retrasos, de sus costes, de sus disparates- y de su sumisión al gobierno a través de un Consejo General del Poder Judicial descaradamente manipulado por los partidos políticos. Todos estos hechos son bien conocidos y lo que faltaba era relacionarlos en un síndrome global que aquí se llama el desgobierno judicial.
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