En el mundo globalizado de hoy la histórica apelación a la «lucha por el derecho» se conjuga como lucha por los derechos. Una innegable necesidad de derechos se manifiesta por doquier, desafiando cualquier forma de represión. Ya no son solo derechos que extraen su fuerza de una formalización o de un reconocimiento desde lo alto, sino derechos que germinan en la materialidad de las situaciones fuera de los ámbitos institucionales acostumbrados, en lugares de todo el mundo que son «ocupados» por hombres y mujeres que reclaman el respeto por su dignidad y por su misma humanidad.
Esta nueva llamada a los derechos fundamentales supone una mutación en la naturaleza de la ciudadanía. Nuevas modalidades de acción y nuevos actores se contraponen a la supuesta ley natural del mercado y a su pretensión de incorporar y definir las condiciones para el reconocimiento de los derechos. El «derecho a tener derechos» construye así un modo distinto de entender el universalismo, haciendo hablar el mismo lenguaje a personas alejadas entre sí y poniendo en marcha una revolución de los bienes comunes.
El Derecho es un fenómeno omnipresente en nuestras sociedades. Prácticamente no hay ninguna relación social que quede al margen del Derecho, pero lo jurídico es sólo un aspecto de lo social del cual -eso sí- no se puede prescindir si se quiere entender algo del mundo que nos rodea.
El sentido del Derecho pretende contribuir a esta tarea de clasificación planteando -y tratando de contestar a- algunas de las cuestiones más generales y más básicas en relación con el Derecho: por qué existe; en qué medida consiste en normas; qué relación guarda con la moral y con el poder; para qué sirve; qué funciones sociales cumple; cómo debería ser; a qué valores debería servir y qué objetivos debería plantearse; cómo puede conocerse y de qué manera ha de construirse una ciencia del Derecho; hasta qué punto consiste en una actividad argumentativa y cómo ha de entenderse su aplicación e interpretación.
La idea de fondo es que lo que da sentido al Derecho no puede ser otra cosa que la aspiración a la justicia o, para decirlo en términos más modestos y más realistas: la lucha contra la injusticia.
Esta obra explora y desarrolla los temas iusfilosóficos que subyacen a una concepción argumentativa del Derecho (que el autor presentó hace unos años en su Curso de argumentación jurídica), esto es, cómo entender el Derecho, el conocimiento jurídico, la justicia o la propia filosofía del Derecho. La tesis principal es que el Derecho no consiste exclusivamente en un conjunto de normas, sino que debe verse, sobre todo, como una práctica social guiada por fines y valores. El autor entiende que el objetivo de la filosofía del Derecho no puede ser otro que la transformación social. Y subraya la idea de que la ambigüedad de nuestros Derechos (la posibilidad de que lo jurídico sea injusto, o lo justo, antijurídico) no significa que no haya valores intrínsecos al Derecho ni que se pueda prescindir del Derecho al conformar un proyecto de idealidad social.