A finales del siglo XVIII, con el estallido de las revoluciones liberales, las declaraciones de derechos se convirtieron en protagonistas irremediables del ámbito político, social, filosófico y jurídico. Algunos de estos grandes textos, como la Declaración de Derechos del buen Pueblo de Virginia, la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano o las Diez Primeras Enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos de América, consolidaron una idea esencial que se ha transmitido a lo largo de las siguientes generaciones: los derechos y libertades son inherentes a las personas por el mero hecho de serlo. Lo que viene a significar que nuestras acciones no determinan si somos merecedores o no de los derechos que, entre otras cosas, ayudan a conformar nuestra dignidad. En el año 2015 se introdujo en España la pena de prisión permanente revisable, ocasionando una fuerte polémica en la doctrina constitucional y penal, que no ha dejado de analizar las fricciones del encaje constitucional de esta pena con los derechos, libertades y principios fundamentales, la dignidad humana y el propio concepto de Estado social y democrático de Derecho. Todo ello ha deparado una larga discusión jurídica, que comenzó con la presentación de diversos anteproyectos de ley orgánica que incluían esta pena de privación de libertad y que ha continuado hasta la Sentencia del Tribunal Constitucional 169/2021, que ha establecido la constitucionalidad de la prisión permanente revisable. Esta monografía examina y escruta los elementos que acompañan a esta pena, poniendo el foco en la importancia de la investigación interdisciplinar desde las metodologías y elementos propios del Derecho Penal y del Derecho Constitucional, basándose en el respeto a los derechos y libertades.
De entre los diferentes fantasmas que acechan el Estado de Derecho y las democracias, la fragmentación política se erige como uno de los más significativos en nuestro actual panorama. Es muy normal escuchar con asiduidad en los medios de comunicación sobre la deriva fragmentada que ha tomado la esfera política de nuestro país y de otros países vecinos. Políticos, juristas, académicos, expertos debaten sobre cuáles han sido los condicionantes que nos han llevado hasta aquí y cuáles son las consecuencias de esta situación. Todo ello se encuadra dentro de la trayectoria que desarrollan los partidos políticos como eje central de nuestra organización constitucional. Ya desde finales del siglo XIX, el protagonismo de los partidos fue palpable y éste no ha dejado de aumentar a lo largo de las décadas y de los siglos. Ni siquiera la irrupción del 15-M y la aparición de las «nuevas» formaciones políticas acabó con el sistema de partidos heredado del Estado social de Derecho. La influencia de éstos irradia no sólo el itinerario de las instituciones del Estado sino también el día a día de la ciudadanía. Por eso, es indispensable conocer cómo funcionan y cómo actúan estas asociaciones para poder entender la fragmentación política. De ahí que esta obra se dedique, en primer lugar, a profundizar en cómo todas estas cuestiones afectan al poder judicial, a la Unión Europea o a las minorías parlamentarias, en definitiva, al propio concepto de Estado de Derecho y al concepto de democracia. Todo ello para adentrarse después en el análisis de la ley de partidos políticos que se aprobó en España en el año 2002, hace más de veinte años, y que introdujo importantes novedades en nuestro país.
Ya hace mucho tiempo que Howard Gardner cambió nuestro modo de pensar sobre la
inteligencia. En su obra clásica Frames ofMind acabó con la creencia de que se trataba de una simple habilidad que cada ser humano poseía en mayor o menor medida. Y ahora, apoyándose en el sistema que él mismo desarrolló para comprender la inteligencia, nos ofrece una revolucionaria visión de la creatividad, así como fascinantes retratos de algunos de los personajes que más han contribuido a reinventar la idea del ser humano. Tomando como punto de partida su noción de las "siete inteligencias", Gardner analiza siete figuras absolutamente extraordinarias: Sigmund Freud, Albert Einstein, Pablo Picasso, Igor Stravinsky, T. S. Eliot, Martha Graham y Mahatma Gandhi, cada uno de ellos destacado ejemplo de un tipo específico de inteligencia. De este modo, nos muestra que las personas creativas de nuestro tiempo se caracterizan por una configuración específica de su personalidad, y que los modos en que sus ideas se conciben, se articulan y difunden ofrecen numerosas coincidencias. Los individuos creativos se caracterizan por combinaciones poco habituales de inteligencia y personalidad, por ello, las circunstancias en que trabajan y las reacciones del grupo de colegas que les rodean resultan esenciales. Comprender la naturaleza de sus capacidades creativas específicas no sólo arroja una nueva luz sobre sus aportaciones, sino que además nos ayuda a entender la Modernidad: los tiempos que vieron crecer a estos creadores y que ellos, a su vez, contribuyeron a definir.